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Factura Electrónica

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Evolución de la factura electrónica en Colombia

Colombia fue uno de los primeros países de Latinoamérica en reconocer la validez jurídica de la factura electrónica, equiparándola a la factura en papel desde 1995. Sin embargo, fue en 2015 cuando la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) marcó un hito clave al implementar el Sistema de Facturación Electrónica (SFE), con el objetivo de modernizar y digitalizar la gestión tributaria.

Desde entonces, el sistema ha evolucionado de forma constante, incorporando nuevos documentos tributarios y mejorando sus procesos técnicos y normativos. Para facilitar la adopción progresiva por parte de los contribuyentes, la DIAN ha establecido cronogramas escalonados de obligatoriedad, fortaleciendo así la transformación digital del sistema fiscal colombiano.

Sistema de Facturación Electrónica (SFE) en Colombia

El Sistema de Facturación Electrónica (SFE) en Colombia opera bajo un modelo de validación previa, en el cual todos los documentos tributarios electrónicos deben ser enviados primero a la DIAN para su revisión y aprobación. Solo después de ser validados, pueden ser entregados por el emisor al destinatario final.
Este sistema garantiza la legalidad de las operaciones, y está diseñado para facilitar el cumplimiento tributario, mejorar el control fiscal y reducir el uso de papel. Los documentos contemplados dentro del SFE son:

  • Factura electrónica de venta
  • Reporte de validación para facturas en papel usadas por fallos tecnológicos
  • Documento soporte de pago de nómina electrónica
  • Documento soporte para adquisiciones a no obligados a facturar
  • Registro de facturas electrónicas de venta como título valor (RADIAN)
  • Documentos equivalentes electrónicos
  • Factura electrónica de venta: alcance y contribuyentes obligados

    La factura electrónica de venta es el documento tributario más ampliamente utilizado dentro del sistema de facturación electrónica en Colombia. Su emisión es obligatoria para un extenso grupo de contribuyentes, conforme a los lineamientos definidos por la DIAN. A continuación, se detallan los contribuyentes que deben cumplir con esta obligación:

    •  Personas jurídicas que comercialicen bienes y/o presten servicios.
    • Personas naturales con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT por venta de bienes y/o servicios.
    • Contratistas del Estado con ingresos superiores a 4.000 UVT.
    • Personas naturales con ingresos inferiores a 3.500 UVT, pero que:
      • Posean más de un establecimiento de comercio.
      • Exploten intangibles.
      • Sean usuarios aduaneros.
    • Realicen consignaciones o inversiones superiores a 3.500 UVT.
    • Contribuyentes acogidos al Régimen Simple de Tributación (RST).

    Este tipo de factura incluye modalidades como la factura electrónica de crédito, de débito y la factura de exportación, adaptándose así a distintos escenarios comerciales y facilitando su integración en el sistema tributario digital del país.

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Posted in: Dian

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